
La Ley 073 de Deslinde Jurisdiccional, promulgada durante su propio mandato, impide que el expresidente Evo Morales sea juzgado por la justicia originaria campesina en el caso por trata de personas con agravante, actualmente en etapa de acusación.
A pesar de esta limitación, la defensa de Morales presentó dos incidentes procesales: uno solicitando ser procesado por la jurisdicción originaria campesina y otro pidiendo la nulidad de la notificación. Mientras estos recursos no sean resueltos, el Fiscal Departamental de Tarija, Ernesto Mogro, informó que no se fijará la fecha para el inicio del juicio oral.
“El proceso ya se encuentra en etapa de acusación. La defensa ha presentado incidentes de nulidad de notificación y de jurisdicción”, señaló Mogro, citado por Brújula Digital.
El 21 de octubre, el Ministerio Público emitió la acusación formal contra Morales y Idelsa P.S., madre de la presunta víctima, Cindy Saraí V.P. Morales fue declarado rebelde por no presentarse ante las autoridades, lo que derivó en la emisión de una orden de aprehensión. Actualmente se encuentra refugiado en el Trópico cochabambino.
El abogado Arturo Yáñez, expresidente del Colegio Nacional de Abogados, indicó que el recurso presentado por Morales no es procedente, ya que la Ley 073 excluye delitos como trata y tráfico de personas de la jurisdicción originaria campesina. Según Yáñez, el expresidente deberá ser juzgado por los jueces ordinarios de Tarija, aunque reconoce que Morales ejerce su derecho a la defensa.
Por su parte, el ministro de Gobierno, Marco Antonio Oviedo, enfatizó que se trata de un tema de competencia judicial y que el Ejecutivo respetará lo que determinen la justicia y el Ministerio Público.









